Prensa MPPEU (02.06.11).- El Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria (Mppeu) creó, mediante la Resolución 1.125 publicada en Gaceta Oficial número 39.686 del 1° de junio de 2011, el Comité Nacional de Concurso Público de Ingreso y Ascenso del Personal Docente de los Institutos de Tecnología (IUT) y Colegios Universitarios (CU) oficiales.
El mismo tiene la finalidad de dirigir, coordinar, supervisar y controlar el proceso de concurso desde su convocatoria hasta el veredicto final, así como las actividades de las Comisiones Organizadoras del Concurso; los Comités de Formación y Seguimiento del Docente y las Comisiones de Evaluación del Análisis Crítico de los Contenidos Programáticos de las respectivas áreas de conocimiento.
El mismo tiene la finalidad de dirigir, coordinar, supervisar y controlar el proceso de concurso desde su convocatoria hasta el veredicto final, así como las actividades de las Comisiones Organizadoras del Concurso; los Comités de Formación y Seguimiento del Docente y las Comisiones de Evaluación del Análisis Crítico de los Contenidos Programáticos de las respectivas áreas de conocimiento.
Asimismo, el artículo 5 de la Resolución se refiere a que las y los integrantes de las Comisiones Organizadoras de Concurso de los IUT y CU, designadas por la Ministra mediante acto administrativo, deben ser personal docente ordinario del subsistema de educación universitaria, además de cumplir con los requisitos morales, éticos y de idoneidad académica, exigidos por la Constitución y las leyes. Iguales requisitos deben reunir las y los integrantes de los comités y comisiones sobre las que tiene competencia el Comité Nacional de Concurso Público recién creado.
El documento legal también menciona que en aquellos IUT y CU donde el personal docente no reúna los requisitos exigidos para la conformación de las Comisiones y Comités mencionados, el Mppeu, a través del Comité Nacional de Concurso Público, “requerirá el apoyo de otras instituciones universitarias oficiales, a los fines de que éstas propongan personal docente ordinario con categoría académica igual o superior al cargo del concurso”. (Fin / Enio Meleán)
Ver Decreto
Ver: Reglamento Personal Docente CIU - IUT (2009): http://www.fenasinpres.org/documentos/regla_ingreso_10-11-2009.pdf
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http://www.mppeu.gob.ve/noticia.php?codigo=3815
El documento legal también menciona que en aquellos IUT y CU donde el personal docente no reúna los requisitos exigidos para la conformación de las Comisiones y Comités mencionados, el Mppeu, a través del Comité Nacional de Concurso Público, “requerirá el apoyo de otras instituciones universitarias oficiales, a los fines de que éstas propongan personal docente ordinario con categoría académica igual o superior al cargo del concurso”. (Fin / Enio Meleán)
Ver Decreto
Ver: Reglamento Personal Docente CIU - IUT (2009): http://www.fenasinpres.org/documentos/regla_ingreso_10-11-2009.pdf
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